El profesional médico puede desarrollar su actividad en el sector privado de distintas formas: mediante un contrato laboral o de prestación de servicios en una empresa privada (clínica, hospital, centro médico…) o abriendo un centro propio.
Es importante recalcar que cuando se inicia la actividad privada hay que darse de alta como AUTONÓMO/A, para lo que lo existen dos opciones:
- SEGURIDAD SOCIAL: RETA
- MUTUAL MÉDICA: MEL
Es importante informarse correctamente de lo que más interesa, puesto que una vez se ha procedido a darse de alta en SEGURIDAD SOCIAL – RETA, ya no es posible cambiarse de dicho régimen y es para siempre.
En este apartado encontrarás información de interés en el caso de que te dediques a la actividad médica privada o desees hacerlo.